Decreto Supremo Nº 23833
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que Maxus Bolivia Inc. suscribió un contrato de operación petrolera con yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, el 31 de julio de 1,989, para el bloque Mamoré 1 ubicado en las provincias Ñuflo de Chavez, Santiesteban, Sara e Ichilo del departamento de Santa Cruz y Carrasco del departamento de Cochabamba, previa aprobación por
Decreto Supremo Nº 22261 de 19 de julio de 1,989 y convertido en escritura pública número 6 de 4 de agosto de 1,989; contrato vigente por determinación del artículo 93 de la
Ley Nº 1194 de Hidrocarburos de 1 de noviembre de 1,990;
Que la empresa contratista ha descubierto reservas de petróleo en el campo Surubi, dentro su área de contrato en el departamento de Cochabamba, cuyo desarrollo precisa intensificar; siendo necesaria pertinentemente la suscripción del correspondiente contrato de transporte y compraventa de petróleo y gas natura 1 con YPFB, estipulando los términos y condiciones de transporte de los productos, su comercialización y abastecimiento para el consumo interno;
Que el directorio de YPFB ha aprobado, mediante resolución 22/94 en su reunión 4/94 de 1 de febrero de 1,994, la firma del pertinente contrato de compraventa de petróleo y gas natural con Maxus Bolivia Inc.;
Que la Junta Directiva Estatal de YPFB también aprobó el proyecto de contrato, mediante resolución 008/94 ...
Hay 356 palabras restantes para leer que son aproximadamente 2 páginas ...