DECRETO SUPREMO N° 4946
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que los numerales 4 y 6 del Artículo 316 de la
Constitución Política del Estado determinan las funciones del Estado en la economía, entre las que se encuentran, participar directamente en la economía mediante el incentivo y la producción de bienes y servicios económicos y sociales para promover la equidad económica y social, e impulsar el desarrollo, evitando el control oligopólico de la economía; y promover prioritariamente la industrialización de los recursos naturales renovables y no renovables, en el marco del respeto y protección del medio ambiente, para garantizar la generación de empleo y de insumos económicos y sociales para la población.
Que el
Decreto Supremo N° 15091, de 7 de noviembre de 1977, crea Transportes Aéreos Bolivianos, empresa aérea con personería jurídica de derecho público y autonomía administrativa.
Que el
Decreto Supremo N° 26688, de 5 de julio de 2002, y sus respectivas modificaciones, norma las contrataciones de bienes y servicios especializados que las entidades del sector público deben realizar en el extranjero, cuando se justifique que esos bienes y servicios no están disponibles en el mercado nacional y que no se pueden recibir ofertas en el país.
Que el Artículo 50 del
Decreto Supremo N° 28631, de ...
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