Desígnase al ciudadano Dr. Oscar Crespo Soliz, Fiscal General de la República, por el período constitucional establecido por el artículo 130 de la Constitución Política del Estado.
Apruébase que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos suscriba con la empresa MAXUS BOLIVIA INC. el respectivo contrato de transporte y compraventa de petróleo y gas natural acordado para el desarrollo del campo Surubí, situado en el departamento de Cochabamba.
Autorízase al Tesoro General de la Nación subrogarse la suma de US$ 1.469.045.00 más respectivos intereses y comisiones emergentes del saldo de amortización de los préstamos otorgados por el exMinisterio de Planeamiento y Coordinación al Servicio Nacional de Caminos.
Todas las entidades del sector público que requieran acogerse a los beneficios del decreto supremo 22206 de 30 de mayo de 1989 deben cumplir las disposiciones del presente decreto.
Transfiérese la Secretaría Nacional de Capitalización e Inversión y sus subsecretarías y unidades dependientes, así como la Secretaría Nacional de Pensiones y sus Subsecretarías e instituciones dependientes del Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico al Ministerio sin Cartera responsable de Capitalización.
Se dispone que el Banco del Estado en liquidación transfiera, mediante su comisión liquidadora y con cargo a su patrimonio, los fondos que corresponden al Tesoro General de la Nación, cumpliendo los requisitos y formalidades de ley.
En los casos de fusión y transformación previstos en los artículos 118 y 119 de la Ley Nº 1488 de 3 de mayo de 1993 y venta de entidades financieras como empresas, orientados al fortalecimiento del sistema financiero.
Desígnase Ministro Suplente de Hacienda y Desarrollo Económico al Lic. Lucio Paz Rivero, Secretario Nacional de Transporte, Comunicación y Aeronáutica Civil.
Los recursos administrados por las unidades crediticias financieras (UCFs) de cada corporación regional de desarrollo, asignados por el proyecto Corporaciones dé Desarrollo (CDDs), pasan a propiedad de las respectivas corporaciones.