PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEOBLIGACIONES TRIBUTARIAS GERENCIA DISTRITAL TARIJA
RESOLUCION NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0035-11
La Paz, 16 de noviembre de 2011
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el Artículo 53 Parágrafo III concordante con el Artículo 66 Numeral 7 de la
Ley Nº 2492, de
2 de agosto de 2003, Código Tributario, la Administración Tributaria podrá disponer fundadamente prórrogas de oficio para el pago de Tributos.
Que el Comité Pro-Intereses del Departamento Autónomo de Tarija, determinó Paro Departamental de 24 horas en todo el Departamento de Tarija, el día miércoles 16 de noviembre de 2011, que la Asociación de Bancos Privados de Bolivia, “ASOBAN” Filial Tarija, por razones de seguridad, decide acatar la suspensión de actividades; siendo necesario prorrogar el plazo del vencimiento establecido para la presentación de declaraciones y pagos de impuestos en esa fecha, a fin de resguardar los derechos de los contribuyentes.
Que de conformidad al Inciso p) del Artículo 19 del
Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, excepcionalmente
y cuando las circunstancias lo justifiquen, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales puede ejecutar acciones que son de competencia del Directorio; en este entendido, el Inciso a. del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 autoriza al Presidente Ejecutivo a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
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