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Aplicación: D-Lex Bolivia Ver Normal

DECRETO SUPREMO No 5345 del 05 de Marzo de 2025 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Con la finalidad de fortalecer la administración de bienes por parte de la Dirección General de Registro, Control y Administración de Bienes Incautados – DIRCABI, el presente Decreto Supremo tiene por objeto regular el tratamiento de los bienes que se entreguen a DIRCABI para su administración, vinculados al delito de legitimación de ganancias ilícitas y sus delitos precedentes establecidos en el Artículo 185 bis del Código Penal elevado a rango de Ley por Ley N° 1768, de 10 de marzo de 1997 y sus modificaciones, en el marco del Artículo 71 bis del Código Penal, Artículo 253, numeral 6 del Artículo 257 y Artículo 258 de la Ley N° 1970, de 25 de marzo de 1999, del Código de Procedimiento Penal y sus modificaciones, con excepción de aquellos regulados por normativa especial.


DECRETO SUPREMO N° 5345

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 71 del Decreto Ley N° 10426, de 23 de agosto de 1972, sancionatorio del Código Penal, elevado a rango de Ley por Ley N° 1768, de 10 de marzo de 1997, determina que la comisión de un delito lleva aparejada la pérdida de los instrumentos con que se hubiere ejecutado y de los efectos que de él provinieren, los cuales serán decomisados, a menos que pertenecieran a un tercero no responsable, quien podrá recobrarlos. Los instrumentos decomisados podrán ser vendidos en pública subasta si fueren de lícito comercio, para cubrir la responsabilidad civil en casos de insolvencia, si no lo fueren, se destruirán o inutilizarán. También podrán pasar eventualmente a propiedad del Estado.

Que el último párrafo del Artículo 71 bis del Código Penal establece que los recursos y bienes decomisados pasarán a propiedad del Estado y continuarán gravados por los derechos reales lícitamente constituidos sobre ellos en beneficio de terceros, hasta el valor de tales derechos. Su administración y destino se determinará mediante reglamento.

Que los párrafos 1 y 4 del Artículo 253 de la Ley N° 1970, de 25 de marzo de 1999, del Código de Procedimiento Penal, modificado por la Ley N° 007, de 18 de mayo de 2010, de ...

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