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Aplicación: D-Lex Bolivia Ver Normal

DECRETO SUPREMO No 28303 del 26 Agosto 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Reglamentar la Ley No 80 de 5 de enero 1961, en lo referente al registro único de marcas, carimbos o señales como medio probatorio del derecho propietario ganadero.


DECRETO SUPREMO Nº 28303

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 80 de 5 de enero de 1961 establece con carácter general la nomenclatura de marcas y señales, disponiendo para tal efecto la obligación que tiene cada productor ganadero, de registrar las marcas y señales que usa para la afiliación de sus ganados.

Que el Artículo 350 del Código Penal tipifica de abigeato la acción de apoderarse o apropiarse indebidamente de ganado caballar, mular, bovino, porcino, caprino o lanar, así como, marcar, señalar, borrar o modificar las marcas o señales de animales ajenos u orejanos ajenos en propiedad propia o ajena.

Que el abigeato se acrecienta cada vez más, ocasionando graves perjuicios a los productores, en tanto aumenta la oferta de la carne clandestina, con la agravante de atentar contra la salud pública.

Que la Ley Nº 2028 de 28 de octubre de 1999, no contempla en las atribuciones de los Gobiernos Municipales, el levantamiento respectivo de un registro de marcas y señales.

Que las Inspectorías de Trabajo Agrario han sido suprimidas, por lo que son las asociaciones de ganaderos las únicas entidades facultadas para llevar el registro de las marcas y señales de los productores de ganado, en las localidades donde ejercen jurisdicción. Asociaciones de Ganaderos afiliados a ...

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