Decreto Supremo Nº 22661
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la licitación pública internacional para la construcción de la segunda etapa del proyecto San Jacinto, procesada por la oficina de Servicios para Proyectos de Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD/OSP, concluyó con la adjudicación al consorcio ASTALDI-CBI el 25 de abril de1989 y la consiguiente suscripción de contrato, autorizado por decreto supremo de 13 de junio de 1989;
Que desde la presentación de la propuesta el 16 de abril de 1990, hasta la concreción de la operabilidad del financiamiento el 19 de septiembre de 1990, ha transcurrido un largo período en el cual se produjo mutaciones en la legislación del país y en el tipo de cambio de las monedas de pago previstas en el contrato y el convenio de financiamiento suscrito entre los gobiernos de Bolivia e Italia;
Que se ha conformado una comisión técnica con representantes de la región y del Gobierno nacional, para analizar la solicitud de actualización de costos presentada por el consorcio ASTALDI-CBI;
Que la citada comisión, después de un detallado y preciso análisis técnico, ha establecido un nuevo monto contractual en base a las argumentaciones antes indicadas;
Que el artículo 2° del
Decreto Supremo Nº 22472 de 20 de abril de 1990 autoriza al Ministerio de Finanzas traspasar a la Corporación Regional de Desarrollo de ...
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