DECRETO SUPREMO Nº 15958
GRAL. JUAN PEREDA ASBUN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO :
Que, la Excma. Corte Suprema de Justicia, ha solicitado autorízación para la importación de tres automóviles para uso del más alto Tribunal de Justicia de la Nación, y la consiguiente liberación de derechos e impuestos aduaneros, así como la autorización para la venta en pública subasta de sus actuales vehículos que están en mal estado;
QUE, SI BIEN EL ARTÍCULO 1º DEL DECRETO SUPREMO Nº.- 13362 de 14 de febrero de 1976, prohíbe la importación de vehículos, dicha prohibición se refiere más concretamente a la importación de jeeps, vagonetas, furgonetas y automóviles;
QUE, POR OTRA PARTE, LOS DECRETOS SUPREMOS NOS.- 08959 y 08986 de 25 de octubre y 7 de noviembre de 1969, respectivamente, concordantes con el Artículo 35 del
Decreto Ley Nº 10550 de 27 de octubre de 1972, prohíben conceder liberaciones arancelarias a los sectores público y privado;
Que, en el presente caso, tratándose de vehículos para el uso del más alto tribunal de justicia, el que desde hace más de 5 años no ha renovado sus movilidades, procede dar paso tanto al permiso de importación como a la liberación de impuestos;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTÍCULO ...
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