DECRETO SUPREMO Nº 0774
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Protocolo entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la República Federativa del Brasil para el financiamiento del Proyecto Carretero “Villa Tunari-San Ignacio de Moxos” aprobado mediante
Ley 005, de 07 de abril de 2010, dispone que su implementación se hará mediante la firma de Contratos entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social – BNDES.
Que el numeral 9 del Parágrafo II del Artículo 298 de la
Constitución Política del Estado establece como competencia exclusiva del nivel central del Estado la planificación, diseño, construcción, conservación y administración de carreteras de la Red Fundamental.
Que el Plan Nacional de Desarrollo – PND, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 29272, de 12 de septiembre de 2007, implica la concepción, políticas, estrategias y programas de desarrollo del país en todos los ámbitos sectoriales y territoriales.
Que la citada norma, señala que los sectores de infraestructura para la producción son los más importantes del macro sector productivo, principalmente porque las inversiones están dirigidas a la construcción, mejoramiento y mantenimiento periódico de la Red Vial Fundamental, departamental y vecinal que son ejecutadas por la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC, gobiernos departamentales y gobiernos municipales, ...
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