DECRETO SUPREMO Nº 10726
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, los trabajadores Petroleros han sido reincorporados al régimen integral de la Seguridad Social;
Que, en cumplimiento de lo previsto por el
Decreto Ley Nº 10173 de 28 de marzo de 1972, que racionaliza la Seguridad Social y el
Decreto Supremo 10260 de fecha 11 de mayo de 1972 que aprueba el Convenio de Aseguramiento suscrito entre Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y la Caja Petrolera de Seguro Social, se ha creado un fondo para las prestaciones complementarias de los Seguros de Invalidez, Vejez y Muerte;
Que, es conveniente a los intereses de los trabajadores Petroleros que el Fondo Complementario se administre en forma autónoma por encontrarse la Caja Petrolera de Seguro Social en un período de reorganización emergente de la masiva reafiliación de los trabajadores de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos:
Que, la administración autónoma de los fondos complementarios ha dado en la práctica resultados satisfactorios.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Créase el Fondo Complementario de Trabajadores Petroleros de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, como institución de derecho público con autonomía administrativa, directiva y financiera sujeto a las disposiciones legales vigentes y cuyo manejo estará a cargo de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y de la Federación Sindical ...
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