DECRETO SUPREMO Nº 10260
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el sector petrolero está comprendido dentro del campo de aplicación del Código de Seguridad Social;
QUE, EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 57º DEL
DECRETO LEY Nº 10173 Y A FIN DE REGULARIZAR EL ASEGURAMIENTO INTEGRAL DE LOS TRABAJADORES DE YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES BOLIVIANOS, SE HA SUSCRITO EN LA PRESENTE FECHA 11 DE MAYO DE 1972, EL CONVENIO RESPECTIVO ENTRE YPFB.- Caja Petrolera de Seguro Social y Federación Sindical de Trabajadores Petroleros de Bolivia.
EN CONSEJO DE MIISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase en todas sus partes el Convenio suscrito el día de hoy, 11 de mayo de 1972, entre Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, la Caja Petrolera de Seguro Social y la Federación Sindical de Trabajadores Petroleros de Bolivia, que determina la reincorporación de los trabajadores de YPFB. al régimen integral de seguridad social, autorizándose a dicha empresa petrolera efectuar las erogaciones y transferencias de bienes emergentes del Convenio.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Previsión Social y Salud Pública y de Energía é Hidrocarburos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto. ...
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