DECRETO SUPREMO Nº 06784
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante
Decreto Supremo No. 06444 de 26 de abril de 1963 y con la finalidad de hacer efectivo el reajuste de pensiones reconocido en favor de los Mutilados y Ciegos de la Guerra del Chaco, se ha concedido un plazo a todos los beneficiarios de Listas Pasivas para la presentación de sus expedientes así como para nuevo reconocimiento médico, plazo que ha sido ampliado hasta el 31 de diciembre del año en curso por
Decreto Supremo No. 06763 de 7 de mayo de 1964;
Que la Asociación de Mutilados e Inválidos de la Guerra del Chaco ha denunciado irregularidades en el examen médico en cuanto a la calificación del grado de invalidez a varios de sus miembros, pidiendo la suspensión temporal de estos exámenes;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Suspéndese por sesenta días las labores de la Comisión Médica encargada de efectuar nuevos exámenes de salud y calificar el grado de invalidez de los Mutilados e Inválidos de la Guerra del Chaco, tiempo en el que se reajustará el mecanismo de estos exámenes, de modo que sus resultados no sean objeto de reclamos. Esta suspensión no significa ampliación del plazo límite establecido por el
Decreto Supremo No. ...
Hay 137 palabras restantes para leer que son aproximadamente 1 páginas ...