DECRETO SUPREMO Nº 06401
VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Decreto-
Ley No. 02771 de 28 de noviembre de 1951, se autorizó a la Alcaldía Municipal de Tarija, a ceder gratuitamente y a título perpetuo al Ministerio de Gobierno, el inmueble ocupado por el Regimiento de Policía "Dilo Martínez Lara", con objeto de construir en él, las reparticiones y cuarteles destinados al Distrito Policial de Tarija;
Que no habiéndose extendido aún la escritura pública, traslativa de dominio, conforme a la determinación contenida en la segunda parte del Artículo lo del citado Decreto-Ley, es de urgente necesidad llenar dicho requisito a fin de perfeccionar la aludida cesión, máxime si el Distrito Policial de Tarija se halla en posesión del inmueble por el espacio de 19 años y ha hecho obras consistentes en la construcción de varias reparticiones nuevas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. -Extiéndase la correspondiente escritura pública de cesión gratuita y a título perpetuo, del inmueble actualmente ocupado por el Regimiento "Dilo Martínez Lara", en favor de la Policía Boliviana, la que será firmada por el señor Alcalde Municipal de Tarija y por los señores Prefecto del Departamento, Fiscal del Distrito y Contralor Departamental, en representación del Supremo Gobierno.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, Justicia e Inmigración, queda ...
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