Decreto Supremo Nº 28549
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante
Ley Nº 3091 de 6 de julio de 2005, se convoca a la elección de los integrantes de la Asamblea Constituyente, sobre la base de una Ley Especial de Convocatoria y se dispone la conformación del Consejo Nacional Pre - Constituyente y Pre - Autonómico, cuya composición y funcionamiento serán normados por Decreto Supremo.
Que en el marco de la
Ley Nº 3091, mediante
Decreto Supremo Nº 28438 de 15 de noviembre de 2005, se constituyó el Consejo Nacional Pre - Constituyente y se normó su conformación y funcionamiento.
Que es necesario definir el manejo administrativo del Consejo Nacional Pre - Autonómico y Pre - Constituyente en el marco del
Decreto Supremo Nº 26793 de 27 de marzo de 2003 y sus Disposiciones Complementarias que reglamentan la
Ley Nº 2446 - Ley de Organización del Poder Ejecutivo, determinando su estructura organizacional, funcional y estableciendo las competencias como atribuciones de los órganos, entidades e instituciones que lo componen.
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo Único.-
I. Se modifica el Parágrafo I del Artículo 7 del
Decreto Supremo Nº 28438 de 15 de noviembre de 2005, de la siguiente manera:
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