Decreto Supremo Nº 28048
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 2770 de 7 de julio de 2004 " Ley del Deporte, regula la práctica del deporte en todos sus ámbitos y modalidades.
Que el
Decreto Supremo Nº 27779 de 8 de octubre de 2004 reglamenta la Ley del Deporte.
Que la Unidad de Análisis de Políticas Sociales y Económicas " UDAPE ha hecho conocer sus observaciones que hacen necesaria la modificación del
Decreto Supremo Nº 27779.
Que el Ministerio de Salud y Deportes tiene entre sus atribuciones la de formular políticas y ejecutar programas que fomenten las actividades deportivas, formativas, competitivas, profesionales y de recreación, promoviendo la salud física y mental.
Que el
Decreto Supremo Nº 27732 de 15 de septiembre de 2004, establece la estructura organizacional de los Ministerios de Estado.
Que el Artículo 54 del Anexo III " Estatuto del Jugador, del Reglamento a la
Ley Nº 2770, encomienda al Ministerio de Salud y Deportes establecer el funcionamiento administrativo del Tribunal de Resolución de Disputas.
Que en este sentido, a propuesta del Ministro de Salud y Deportes, corresponde emitir la presente norma por la vía rápida, en el marco del
CAPÍTULO IX del
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