LEY No 2770 del 07 Julio 2004 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Ley del Deporte
LEY Nº 2770
Ley de 7 de julio de 2004
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
LEY DEL DEPORTE
TÍTULO PRIMERO
DEL DEPORTE EN GENERAL
CAPÍTULO I
OBJETO Y FINALIDADES DE LA LEY
ARTÍCULO 1º (Objeto).-
La presente Ley tiene por objeto regular la práctica del deporte; posibilitar su masificación; impulsar la educación física, la promoción del deporte extraescolar de la niñez y la juventud en todos los niveles y estamentos sociales del país; garantizar el derecho a una formación integral; fomentar la práctica del deporte recreativo en la población boliviana; así como el desarrollo del deporte competitivo, a través de la capacitación permanente de todos sus actores.
Son finalidades de la presente Ley:
a) Fomentar los valores éticos y humanos en los niños(as), jóvenes y adultos.
b) Hacer, de la educación física y el deporte, instancias educativas eficaces en la formación integral de la niñez y la juventud, además de constituirse en elementos de promoción de la salud y bienestar de la población boliviana.
c) Impulsar la recreación deportiva para un sano esparcimiento, la convivencia familiar y la integración social; así como, recuperar los valores culturales y deportivos de las regiones.
Hay 5819 palabras restantes para leer que son aproximadamente 24 páginas ...