Decreto Supremo Nº 27746
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 2426 de 21 de noviembre de 2002, crea el Seguro Universal Materno Infantil - SUMI, el mismo que ha sido reglamentado mediante el
Decreto Supremo Nº 26874 de 21 de diciembre de 2002.
Que el SUMI, se encuentra vigente a partir del 1 de enero de 2003 en todo el territorio nacional con carácter universal, integral y gratuito, debiendo otorgarse sus prestaciones con carácter obligatorio y coercitivo en todo el sistema de salud pública, seguro social a corto plazo y establecimientos adscritos mediante convenio.
Que el SUMI se constituye en una prioridad de la Estrategia Boliviana de Reducción de la Pobreza, destinada a otorgar prestaciones de salud a las mujeres embarazadas desde el inicio de la gestación hasta los 6 meses posteriores al parto y, a los niños y niñas hasta los 5 años de edad.
Que el Artículo 4 de la
Ley Nº 2426, establece la utilización de la Cuenta Municipal de Salud SUMI para atender única y exclusivamente las prestaciones del Seguro Universal Materno Infantil - SUMI.
Que el Parágrafo III del Artículo 13 del
Decreto Supremo Nº 26874, establece la responsabilidad del Gobierno Municipal para la administración de la Cuenta Municipal de Salud SUMI, para ...
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