Decreto Supremo Nº 26874
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
REGLAMENTO DE PRESTACIONES Y GESTION DEL SEGURO UNIVERSAL MATERNO INFANTIL
CONSIDERANDO:
Que por
Ley Nº 2426, de 21 de noviembre de 2002, se crea en el país el Seguro Universal Materno Infantil - SUMI, destinado a otorgar prestaciones de salud con carácter universal integral y gratuito, a las mujeres embarazadas hasta los 6 meses después del parto y a los niños y niñas menores de 5 años.
Que en cumplimiento del Artículo 14 de la mencionada Ley, se requiere reglamentar la aplicación del mismo en los aspectos relacionados al alcance, contingencias, financiamiento, administración, las sanciones previstas y DISPOSICIONES TRANSITORIAS que señalen de forma explícita los derechos y obligaciones de los participantes y beneficiarios.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
CAPÍTULO I
De las personas afiliadas y contingencias cubiertas
ARTÍCULO 1. (Personas afiliadas)
I. Las personas afiliadas al Seguro Universal Materno Infantil - SUMI, son:
Mujeres embarazadas desde el inicio de la gestación hasta los seis meses después del parto.
Niñas y niños desde su nacimiento hasta los cinco años cumplidos.
II. Las personas afiliadas al SUMI son todos los bolivianos y extranjeros, con visa de residencia en el país.
ARTÍCULO 2. (Afiliacion) ...
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