Decreto Supremo Nº 27684
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que en fecha 13 de septiembre de 2000, la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento - AIF - Banco Mundial, suscribieron el Convenio de Crédito Nº 3378 Proyecto LIL, Fortalecimiento de Capacidad de Gestión Socio Ambiental en el Sector Hidrocarburos, el mismo que fue aprobado mediante
Ley Nº 2183 de 15 de marzo de 2001.
Que para la presente gestión, el "Proyecto Fortalecimiento de Capacidad de Gestión Socio Ambiental en el Sector Hidrocarburos - Crédito 3378 - BO", solicita su inscripción en el Presupuesto General de la Nación 2004, con el objeto de cumplir metas fijadas, entre las cuales se encuentran el cumplimiento de los estudios estratégicos finales de compatibilización y complementación de la normativa ambiental y normas conexas, relacionadas a la gestión ambiental del sector hidrocarburos; para tal efecto, se requiere modificaciones en la partida 25200 "Estudios e Investigaciones".
Que el
Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro del marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en la partida 25200 "Estudios e Investigaciones", deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo Único.-
Se aprueba el incremento de Bs.7.853.054.- (SIETE MILLONES novecientos ...
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