DECRETO SUPREMO Nº 20369
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el
Decreto Supremo 20218 de 30 de abril de 1984, determina las normas de aplicación para fijar los montos de cotización sobre el salario y los topes imponibles del Seguro Social.
Que dichas disposiciones legales son referidas sobre las cotizaciones que deben acotar los trabajadores y funcionarios de la administración pública en el ámbito nacional.
Que es necesario reglamentar y modificar dicha disposición legal con relación a funcionarios del Servicio Exterior, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, dado que los sueldos no tuvierón ninguna modificación desde la gestión de 1981, tomando en cuenta la inflación del dólar americano, y no hacer uso de los servicios sociales.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- A partir del primero de marzo del presente año los funcionarios del Servicio Exterior de la República, dependiente del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, comprendidos dentro del campo de aplicación del Código de Seguridad Social continuarán aportaran sus cotizaciones mientras ejerzan sus funciones de conformidad con el
Decreto Supremo No. 19741 de 16 de agosto de 1983.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Relaciones Exteriores y Culto y de Previsión Social y Salud Pública, quedan encargados de la ejecución ...
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