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DECRETO SUPREMO No 20368 del 25 de Julio de 1984 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Autorízase a Y*P.F.B., la adquisición directa de vehículos y repuestos.


DECRETO SUPREMO Nº 20368
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO :

Que el Gobierno Democrático tiene que procurar el desarrollo de las empresas estatales en función de los intereses del país;
Que es obligación de este Gobierno atender los urgentes requerimientos del sector pétrolero para que continue sus actividades y labores de producción;
Que asimismo es su propósito coadyuvar al desarrollo del sector automotriz, reactivando el proceso de industrialización iniciado por la Empresa Nacional Automotriz (ENAUTO) que ensambla vehículos, incorporando insumos nacionales en porcentajes cada vez mayores.
Que al presente, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos adolece considerablemente de material rodante, por lo que requiere con urgencia renovar y reequipar su parque automotor;
Que la firma francesa (RENAULT V.I.) ha suscrito contratos con el Supremo Gobierno a través de la Empresa Nacional Automotriz (ENAUTO) para prestación de servicios de ensamblaje cuyos trabajos constituyen producción nacional;
Que el Reglamento de adquisiciones y contrataciones de Y.P.F.B. y el Decreto Supremo No. 17815 de 27 de noviembre de 1980 establece la prioridad en la adquisición de bienes de fabricación nacional y que las empresas públicas deben cubrir sus necesidades con vehículos ensamblados por la Empresa Nacional Automotriz (ENAUTO), incluso sin el requisito de licitación pública.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :


ARTÍCULO 1.- ...

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