DECRETO SUPREMO Nº 15201
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Confederación Nacional de Panificadores Industriales Minoristas de Bolivia, suscribieron un convenio el 28 de septiembre de 1977 por el cual entre las medidas colaterales a adoptarse, se comprometen al congelamiento de patentes municipales, impuesto a la renta y otros a condición de que se mantenga el precio y el peso fijado al pan.
Que, mediante
D.S. Nº 14000 de 8 de octubre de 1976, en materia de las patentes fijas anuales con carácter de excepción se dispuso que el pago de las mismas correspondientes a las gestiones de 1975 y 1976, se lo efectúe de conformidad a los comprobantes de pago emitidos por la Dirección General de la Renta Interna en la gestión de 1974.
Que, la finalidad que dio origen a la promulgación del Decreto ya mencionado subsiste y en consecuencia corresponde prorrogar sus alcanzes para la gestión de 1977.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Prorrógase los alcances del
D.S. Nº 14000 de 8 de octubre de 1976, para la gestión 1977.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ...
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