DECRETO SUPREMO Nº 14036
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Lloyd Aéreo Boliviano (LAB) solicitó a la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA) un tratamiento de excepción para sus pasajeros con destino a la ciudad de Arica (Chile) en relación al cobro de "derecho de uso de aeropuerto", fijado por el
Decreto Supremo Nº 09095, de 16 de febrero de 1970, en la suma inicial de $us. 5.00, para que sea cobrada solamente la tarifa de pasajero nacional de $b.5.00, aduciendo, entre otros fundamentos, el elevado costo que debía sufragar el pasajero antes de ser embarcado a su destino;
Que, para incrementar el flujo de pasajeros a la ciudad de Arica (Chile), así como para mejorar las operaciones rentables del LAB, AASANA dispuso el cobro de $b. 5.00 por "derecho de uso aeropuerto" a pasajeros que realizaban viajes al indicado puerto de Arica durante las gestiones administrativas de 1972 a 1974;
Que, en consecuencia, siendo atendibles y fundadas las razones de la rebaja así dispuesta, a requerimiento justificado de la Empresa Nacional de Aeronavegación, corresponde se convalide legalmente dicha medida.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
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