DECRETO SUPREMO Nº 12608
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, por
Decreto Supremo Nº 11975 de fecha 19 de noviembre de 1974 se ha ampliado por 180 días más la vigencia de los Decretos Supremos Nos. 11.358 y 11.420 de fechas 22 de febrero y 10 de abril de 1974, respectivamente, mediante los cuales se ha dispuesto la eliminación de gravámenes aduaneros, impuestos y tasas en general; así como el requisito de licencia previa para la importación de algunos artículos de primera necesidad.
Que, si bien al presente existe normal abastecimiento de artículos de consumo calificados de primera necesidad, sin embargo es necesario facilitar la acumulación de stocks de dichos productos en razón del alza de precios constante en los mercados del exterior y con el fin de asegurar el abastecimiento normal para el consumo del país.
Que, a ese efecto corresponde ampliar los beneficios señalados en las disposiciones legales citadas, manteniéndose el requisito de licencia previa para la importación de aceite comestible, trigo y harina de trigo.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL
DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO
NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,
D E C R E T A:
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