DECRETO LEY Nº 15545
GRAL . HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, por disposición de la Ley del Sistema Financiero Nacional Nº 09428 de 28 de Octubre de 1970 y del Decreto Ley Nº 09440 de 4 de Noviembre del mismo año, en base al Departamento Bancario del Banco Central de Bolivia, se ha creado el Banco del Estado con funciones propias del Banco Comercial y de Fomento;
Que, por mandato del citado Decreto Ley Nº 09440 de 4 de Noviembre de 1970 ratificado por
Decreto Supremo Nº 10600 de 24 de Noviembre de 1972, el Banco del Estado, entre tanto se dicte su propia Ley Orgánica, para el cumplimiento de sus actividades debe regirse a la Ley de Reorganización del Banco Central de Bolivia de 20 de diciembre de 1945;
Que, mediante
Decreto Ley Nº 14791 de 1º de agosto de 1977 se ha promulgado la Ley Orgánica del Banco Central de Bolivia, derogándose la Ley de 20 de diciembre de 1945;
Que, al presente el Banco del Estado carece de una disposición normativa que regule con propiedad sus actividades tanto en el campo Comercial como en el de Fomento, ciñéndose a disposiciones aisladas, hecho que perjudica su normal desenvolvimiento;
Que, siendo el Banca del Estado ...
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