LEY 842
LEY DE 12 DE OCTUBRE DE 2016
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.
De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 14, de la
Constitución Política del Estado, y los Artículos 33 y 37 de la
Ley N° 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados, se ratifica el “Acuerdo sobre la Creación e Implementación de un Sistema de Acreditación de Carreras Universitarias para el Reconocimiento Regional de la Calidad Académica de las respectivas titulaciones en el MERCOSUR y Estados Asociados”, suscrito en fecha 30 de junio de 2008, en la ciudad de San Miguel de Tucumán, República Argentina.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los seis días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Eliana Mercier Herrera, Víctor Hugo Zamora Castedo, Mario Mita Daza, Jhovana M. Jordan Antonio.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a ...
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