LEY No 1692 del 07 de Noviembre de 2025 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: LEY DEL EJERCICIO PROFESIONAL
DE LAS Y LOS TRABAJADORES SOCIALES
LEY N° 1692 LEY DE 07 DE NOVIEMBRE DE 2025
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE LAS Y LOS TRABAJADORES SOCIALES
TÍTULO I
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. (OBJETO DE LA LEY).
La presente Ley tiene por objeto regular el ejercicio profesional de las y los Trabajadores Sociales, su registro y control.
ARTÍCULO 2. (ÁMBITO DE APLICACIÓN).
La presente Ley se aplica a las y los Trabajadores Sociales en el ejercicio de su profesión, dentro del territorio del Estado Plurinacional de Bolivia.
ARTÍCULO 3. (FUNCIÓN SOCIAL).
El ejercicio profesional de las y los Trabajadores Sociales, dentro del sector público y/o privado o de forma independiente, constituye una función social al servicio del pueblo boliviano, para el logro del bienestar social.
ARTÍCULO 4. (TRABAJADOR SOCIAL).
La o el Trabajador Social es un profesional con una comprensión social académica y metódica para promover el desarrollo y la integración social en los procesos que viven las personas, familias, grupos, organizaciones y/o ...
Hay 2609 palabras restantes para leer que son aproximadamente 11 páginas ...