LEY N° 1147
LEY DE 18 DE FEBRERO DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la
Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo Nº 8868-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF del Banco Mundial, en fecha 21 de diciembre de 2018, por un monto de hasta $us252.000.000.- (Doscientos Cincuenta y Dos Millones 00/100 Dólares Estadounidenses), destinados a financiar parcialmente el “Proyecto de Redes de Servicios de Salud”.
II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asumir el repago de las obligaciones, como el servicio de la deuda, que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo Nº 8868-BO, aprobado por la presente Ley.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA. Se derogan parcialmente los incisos j), o) y s) de la Disposición Final Cuarta de la
Ley N° 1135 de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2019, en la siguiente forma:
1) En ...
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