LEY No 3317 del 09 Enero 2006 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se designa a la Unidad Militar "Regimiento Colorados 1º de Infantería", con el nombre oficial de Regimiento 1º de Infantería "Colorados de Bolivia" Escolta Presidencial.
Ley Nº 3317
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-
En reconocimiento por los eminentes servicios prestados a la Nación y por ser los permanentes vigías del resguardo de los Gobernantes Bolivianos, se designa a la Unidad Militar "Regimiento Colorados 1º de Infantería", con el nombre oficial de Regimiento 1º de Infantería "Colorados de Bolivia" - Escolta Presidencial.
ARTÍCULO 2º.-
El Regimiento 1º de Infantería "Colorados de Bolivia" - Escolta Presidencial, tien la misión de escoltar al Presidente de la República, garantizar su seguridad en el Palacio de Gobierno y en la residencia presidencial y enaltaecer todos los actos protocolares, además de cumplir su misión asignada pore el Ejército.
ARTÍCULO 3º.-
El Regimiento 1º de Infantería "Colorados de Bolivia" - Escolta Presidencial se identificará con el Emblema Exclusivo, de acuerdo a su misión, el mismo que se llevará en el uniforme tradicional.
ARTÍCULO 4º.-
Se instituye oficialmente el Relevo Tradicional de la Guardía de Honor cada primer domingo de cada mes.
ARTÍCULO 5º.-
La histórica Bandera de El Campo de la Alianza, en posesión del Regimiento 1º de Infantería "Colorados de Bolivia" - Escolta Presidencial, debe relievar los ...
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