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LEY No 3317 del 09 Enero 2006 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Se designa a la Unidad Militar "Regimiento Colorados 1º de Infantería", con el nombre oficial de Regimiento 1º de Infantería "Colorados de Bolivia" Escolta Presidencial.


Ley Nº 3317

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-

En reconocimiento por los eminentes servicios prestados a la Nación y por ser los permanentes vigías del resguardo de los Gobernantes Bolivianos, se designa a la Unidad Militar "Regimiento Colorados 1º de Infantería", con el nombre oficial de Regimiento 1º de Infantería "Colorados de Bolivia" - Escolta Presidencial.

ARTÍCULO 2º.-

El Regimiento 1º de Infantería "Colorados de Bolivia" - Escolta Presidencial, tien la misión de escoltar al Presidente de la República, garantizar su seguridad en el Palacio de Gobierno y en la residencia presidencial y enaltaecer todos los actos protocolares, además de cumplir su misión asignada pore el Ejército.

ARTÍCULO 3º.-

El Regimiento 1º de Infantería "Colorados de Bolivia" - Escolta Presidencial se identificará con el Emblema Exclusivo, de acuerdo a su misión, el mismo que se llevará en el uniforme tradicional.

ARTÍCULO 4º.-

Se instituye oficialmente el Relevo Tradicional de la Guardía de Honor cada primer domingo de cada mes.

ARTÍCULO 5º.-

La histórica Bandera de El Campo de la Alianza, en posesión del Regimiento 1º de Infantería "Colorados de Bolivia" - Escolta Presidencial, debe relievar los ...

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