LEY No 3314 del 16 Diciembre 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Promover, reconocer y facilitar la Acción Voluntaria como expresión de la participación solidaria y de servicio de los ciudadanos.
Ley Nº 3314
EDUARDO RODRÍGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º (Objeto).-
La presente Ley tiene por objeto promover, reconocer y facilitar la Acción Voluntaria como expresión de la participación solidaria y de servicio de los ciudadanos, la corresponsabilidad social y la regulación de relaciones entre voluntarios sociales y organizaciones donde desarrollan sus actividades.
ARTÍCULO 2º (Principios).-
La Acción Voluntaria se rige por los principios de:
a). Solidaridad. Con la persona y grupos sociales, procurando solidariamente la integración activa de todos, a los procesos de desarrollo.
b). Libertad. Como principio fundamental de elección de una opción personal, tanto de las personas voluntarias como de las destinatarias de la acción. Que su realización sea consecuencia de una decisión propia y libremente adoptada.
c). Gratuidad. En la prestación de servicio voluntario de forma desinteresada y sin contraprestación económica, ni de cualquier otra índole, sin perjuicio de los incentivos que legalmente puedan establecerse y pudiendo ser resarcidos de los gastos originados por el desempeño de la actividad.
d). Respeto. El voluntariado respeta los derechos, la dignidad y la cultura de las comunidades en las que actúa; así como el patrimonio cultural, los recursos naturales renovables/ no renovables y ...
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