LEY No 3192 del 30 Septiembre 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Declárese Capital Gastronómica de Bolivia al Departamento de Cochabamba.
LEY Nº 3192
LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1º.-
Declarase Capital Gastronómica de Bolivia al Departamento de Cochabamba.
Artículo 2º.-
El Poder Ejecutivo a través del Viceministerio de Turismo en coordinación con la Prefectura, deberán elaborar políticas de promoción y difusión con fines turísticos.
Artículo 3º.-
La Prefectura y los Gobiernos Municipales del Departamento de Cochabamba, deberán realizar una feria anual gastronómica rotativa entre los meses de enero - diciembre, a fin de consolidar a Cochabamba como la Capital Gastronómica de Bolivia y fomentar el turismo en los meses de baja receptividad de turistas en la región.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años. ...
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