LEY No 3121 del 03 Agosto 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Declárase de prioridad departamental y/o municipal encarar las obras de construcción y pavimentado de la "Carretera Zona Rosas Pampa Final, Avenida Litoral (Molino Andino) - Mallasilla" (Conexión con la ciudad de El Alto, Achocalla y la ciudad de La Paz).
LEY Nº 3121
LEY DE 3 DE AGOSTO DE 2005
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO 1º.-
Declárese de prioridad departamental y/o municipal encarara las obras de construcción y pavimentado de la "Carretera Zona Rosas Pampa Final, Avenida Litoral (Molino Andino)-Mallasilla" en una extensión de 16 km, que forma parte de las vías de conexión con la ciudad de El Alto, Achocalla y la ciudad de La Paz y constituye una vía alternativa a la conexión entre la zona Sur de la ciudad de La Paz y el altiplano boliviano.
ARTICULO 2º.-
Se autoriza al Poder Ejecutivo, coadyuvar a través de la Prefectura y/o municipios gestionar el financiamiento público o privado necesario inmediato de los estudios de pre- factibilidad, diseño final, impacto ambiental y ejecución del proyecto
establecido en el Artículo I.
Remitase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de julio de dos mil cinco años.
Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por ...
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