LEY del 25 de Noviembre de 1940 - 2 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: MODIFICACION.- DEL ART. 3O. DE LA LEY DE 2 DE SEPTIEMBRE DE 1938.
LEY
MODIFICACION. - Del art. 3o. de la ley de 2 de septiembre de 1938.
M1NISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
GENERAL ENRIQUE PEÑARANDA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1O. - Modifícase el artículo 3o. de la Ley de 2 de septiembre de 1938, relativa al empréstito para obras públicas en el Departamento del Beni, en la siguiente forma:
Las partidas consignadas para la, adquisición de una draga, limpieza y canalización del arroyo de Trinidad; construcción de Aduanilla en Puerto Ballivián; construcción de un leprosario; Escuela de Agronomía y Veterinaria en la Loma, que en total ascienden a la suma de un millón ochocientos ochenta mil bolivianos (Bs. 1.880.000.-), se destina a reforzar las partidas consignadas en la misma ley para Instalación de aguas potables y construcción del hospital general de Trinidad, en la proporción de un millón ciento treinta mil (Bs. 1.130.000. -) y de setecientos cincuenta mil bolivianos (Bs. 750.000.-), respectivamente.
ARTÍCULO 2O. - De la suma asignada para limpieza y canalización del arroyo de Trinidad, se reserva la suma de cuarenta mil bolivianos (Bs. 40.000.-) para dicho fin.
ARTÍCULO 3O. - La partida, del mismo empréstito, destinada a la instalación de una oficina ...
Hay 152 palabras restantes para leer que son aproximadamente 1 páginas ...