LEY Nº 2449
LEY DE 3 DE ABRIL DE 2003
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente
Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN GESTIÓN 2003
ARTICULO 1º.-
De conformidad con el Artículo 59º, Numeral 3, de la Constitución Política del Estado, se aprueban los presupuestos institucionales del Sector Público para su vigencia durante la gestión fiscal comprendida entre e1 1º de enero y el 31 de diciembre de la gestión 2003, cuyo agregado suma el importe de Bs. 40.195.038.725.- (Cuarenta Mil Ciento Noventa y Cinco Millones, Treinta y Ocho "Mil Setecientos Veinticinco 00/100 Bolivianos), y el consolidado suma el importe de Bs. 30.911.364.228.- (Treinta Mil Novecientos Once Millones Trescientos Sesenta y Cuatro Mil Doscientos Veintiocho 00/100 Bolivianos), según el detalle de recursos y gastos contemplados en los anexos a la presente Ley.
ARTICULO 2º.-
En tanto se apruebe la reglamentación dispuesta por el Artículo 5º de las Disposiciones Transitorias de la
Ley Nº 1455 de Organización Judicial, no se aplicarán las disposiciones contenidas en los Artículos 41º y 42º de la indicada Ley.
ARTICULO 3º.-
Para el cálculo y disposición de los recursos del 15 % destinados a gastos de funcionamiento de las Prefecturas ...
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