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LEY del 24 de Diciembre de 1957 - 2 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen:




LEY DE 24 DE DICIEMBRE DE 1957

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:


EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA:


ARTÍCULO 1º- Créase la Segunda Sección Municipal de la Provincia "Hernando Siles" del Departamento de Chuquisaca, con su capital San Pablo de Huacareta y en base de los Cantones Rosario del Ingre y Añimbo.


ARTÍCULO 2º- De acuerdo al artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950 la nueva delimitación territorial de esta Segunda Sección, correrá a cargo del Instituto Geográfico Militar.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 16 de diciembre de 1957.
(Fdo).- Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- (Fdo).- Hugo López Avila, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Mario Olaguivel, Senador Secretario.- Arturo Fortún, Senador Secretario.- Carlos Guzmán Pereyra, Diputado Secretario.- Joel Balderrama, Diputado Secretario.
POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y siete años.
(Fdo).- HERNAN SILES ZUAZO.- Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.

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