LEY No 1206 del 19 de Noviembre de 1990 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Créase la Segunda Sección Municipal Machacamarca en la jurisdicción de la provincia Pantaléon Dalence del Departamento de Oruro, comprendiendo dentro de la nueva jurisdicción a los cantones: Machacamarca (capital) y Vicente Ascarrunz (antes Sora Sora).
Ley Nº 1206
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.
Créase la Segunda SECCIÓN Municipal Machacamarca en la jurisdicción de la provincia Pantaléon Dalence del Departamento de Oruro, comprendiendo dentro de la nueva jurisdicción a los cantones: Machacamarca (capital) y Vicente Ascarrunz (antes Sora Sora)
ARTÍCULO 2.
Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el Cantón Vicente Ascarrunz de la provincia Pantaleón Dalence; al Sur con el Cantón Vilaque de la provincia Poopó, al Este, con el Cantón Morococala de la provincia Pantaleón Dalence y al Oeste, con el Cantón Crucero Belén de la provincia Cercado.
ARTÍCULO 3.
El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el artículo 6to. del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones correspondientes y fijar los hitos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional
La Paz, 13 de noviembre de 1990
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Leopoldo López Cossío, Presidente H. Cámara de Diputados - H. José Taboada Calderón de la Barca, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. José Luis ...
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