LEY del 11 de Marzo de 1929 - 2 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: CARLOS BARRIGA.-PENSIÓN PARA SUS ESTUDIOS EN NUEVA YORK.
LEY DE 11 DE MARZO DE 1929
CARLOS BARRIGA.-Pensión para sus estudios en Nueva York.
HERNANDO SILES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente ley:
EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTÍCULO ÚNICO - En el Presupuesto Nacional, se consignará anualmente, la suma de cuatro mil bolivianos, como pensión en favor de Carlos Barriga, estudiante de Ingeniería Civil en Nueva York, hasta que obtenga el título respectivo. Terminados sus estudios estará obligado a prestar sus servicios forzosamente por tres años en el lugar que le determine el
gobierno nacional. Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales. Sala de sesiones del Congreso Nacional. La Paz, Iº de Marzo de 1929.
A. S. Saavedra.- Dr. Daniel Bilbao R. Ant.º L. Velasco, S. S.- Octavio O'C. d'Arlach, D. S. Ernesto Prudencio, D. S.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los 11 días del mes de Marzo de 1929 años.
H. SILES. - V. Sánchez Peña.
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