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DECRETO SUPREMO No 4013 del 14 de Agosto de 2019 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Autoriza la asignación presupuestaria de recursos adicionales a favor del Ministerio de Planificación del Desarrollo.


DECRETO SUPREMO N° 4013

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.

Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

Que el Parágrafo II del Artículo 13 de la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, dispone que las asignaciones presupuestarias de recursos adicionales efectuadas por el Tesoro General de la Nación – TGN, a entidades del sector público, para gasto corriente y/o nuevos proyectos de inversión, deberán ser autorizadas mediante Decreto Supremo, exceptuándose recursos emergentes de Apoyos Presupuestarios Sectoriales, norma específica o casos excepcionales.

Que el Ministerio de Planificación del Desarrollo requiere la asignación presupuestaria de recursos adicionales para que en el marco de sus competencias, continúe con la ejecución del Programa de Intervenciones Urbanas para financiar programas y/o proyectos a nivel nacional.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- (OBJETO).

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