DECRETO SUPREMO Nº 08376
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO;
Que, mediante
Decreto Supremo Nº 8317 de 9 abril de 1968 se ha aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público habiéndose dispuesto que los presupuestos de todas las instituciones que no hubiesen presentado sus respectivos proyectos a tiempo de promulgarse el indicado Decreto deberán hacerlo dentro del plazo impostergable de 30 días a objeto de que se los apruebe y ponga en ejecución por Decreto Supremo expreso en cada caso.
POR TANTO,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Presupuesto del Centro Privado de Formación Técnica y Artesanal "CENPRITEC" (MOE-USAID), para el ejercicio financiero de 1968 por un total de CUATROCIENTOS CUARENTICINCO MIL STECIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ( $b. 445.700.-) en sus capítulos de ingresos y egresos de acuerdo al siguiente detalle:
SECTOR 08.- PREVISIÓN SOCIAL ORGANISMO: CENTRO PRIVADO DE FORMACIÓN TECNICA Y ARTESANAL
(Proyecto Especial)
01.-Base Legal: Proyecto Especial creado por Resolución Ministerial Nº 436-06 de 4 de agosto de 1966. Convenio de Donación Nº 511-31-410-043, de fecha 19 de mayo de 1967 entre el Gobierno de Bolivia y USAID.
02.- Funciones Principales:
A) Programa de Funcionamiento atender el adiestramiento adecuado en los oficios de construcción carpintería plomería, instalaciones sanitarias e ...
Hay 1563 palabras restantes para leer que son aproximadamente 7 páginas ...