DECRETO SUPREMO No 8234 del 24 de Enero de 1968 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Incrementando los recursos económicos del Instituto Boliviano de Seguera y de asistencia social a partir del 1º enero de 1968.
DECRETO SUPREMO Nº 08234
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que con objeto de incrementar los recursos económicos del Instituto Boliviano de la Ceguera, creados por Ley de 22 de enero de 1957, se han dictado los DD.SS. Nºs. 07425 de 8 de diciembre de 1965 y 07494 de 28 de enero de 1966 que recargan el precio unitario de la caja de fósforos en $b. o.oo5 o sea $b. o.o5 por cada paquete de 10 unidades.
Que, resulta contraproducente a los fines de reorganización financiera del país la existencia de impuestos aislados con determinada finalidad, debiendo por tanto disponerse la incorporación de estos a1 Presupuesto General.
Que, es deber del Estado prestar ayuda económica a instituciones de carácter social y benéfico como el Instituto de la Ceguera otorgando una subvención anual, en la proporción suficiente a cubrir sus necesidades específicas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- El recargo de $b. 0,05 por paquete de fósforos de 10 unidades creado por los DD.SS. Nºs. 07425 de 8 de diciembre de 1965 y 07494 de 28 de enero de 1966, constituye renta ordinaria del Tesoro General de la Nación.
ARTÍCULO 2.- Con la misma distribución de fondos contenida en el art. 2º del
D.S. Nº. 07425 de 8 de ...
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