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DECRETO SUPREMO No 5628 del 04 de Noviembre de 1960 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Cuota Mortuoria Elevase la de Militares.




DECRETO SUPREMO Nº 05628
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

Que mediante Decreto Supremo No. 04815 de 30 de diciembre de 1957, se ha elevado el beneficio de cuota mortuoria creado a favor de los herederos de los miembros de las Fuerzas Armadas de la Nación, a las sumas de Bs. 1.000.00.-, por fallecimiento de Generales, Jefes y Oficiales, y a Bs. 500.000.-por muerte de Suboficiales, Sargentos y Cabos;
Que, es necesario reajustar proporcionalmente el beneficio de cuota mortuoria, y, como consecuencia, los aportes mensuales individuales que permitan financiar esta medida.
EN CONSEJO DE MINISTROS
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.-Elévase a Bs. 3'000.000.-la cuota mortuoria establecida por ley de 7 de noviembre de 1945 a favor de los herederos de los señores Generales, Jefes y Oficiales de las Fuerzas Armadas de la Nación, y a Bs. 1.500.00.-para herederos de Suboficiales, Sargentos y Cabos, ya se trate, en ambos casos, de profesionales, técnicos, de sanidad o simplemente asimilados.
ARTÍCULO 2.-A este fin y a partir del mes de noviembre de 1960, se eleva el aporte mensual individual a Bs. 3.000.-para Generales, Jefes y Oficiales y a Bs. 1.500.-para Suboficiales, Sargentos y Cabos, sean estos militares en servicio activo o jubilados.
Los señores ...

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