Decreto Supremo Nº 29597
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Plan Nacional de Desarrollo - PND aprobado por
Decreto Supremo Nº 29272 de 12 de septiembre de 2007, tiene entre sus objetivos el de configurar una Bolivia digna, soberana, productiva y democrática para que todos los bolivianos y las bolivianas vivan bien.
Que el objetivo de "Bolivia Digna" comprende la erradicación de la pobreza y la inequidad, de manera de lograr un patrón equitativo de distribución y/o redistribución de ingresos, riqueza y oportunidades; y está conformada por los sectores generadores de activos y condiciones sociales, y por la política, estrategias y programas intersectoriales de Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario.
Que mediante
Decreto Supremo Nº 29246 de 22 de agosto de 2007, se establece la Política de Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario - RPS-DIC, en el marco del PND, con los objetivos de: contribuir a erradicar las causas estructurales de la pobreza, extrema pobreza, exclusión vulnerabilidad y riesgos de personas, familias y comunidades, coadyuvar a la restitución y fortalecimiento de los derechos y capacidades de la población principalmente de los indígenas, originarios y campesinos y; fortalecer el modelo comunitario urbano y rural que se sustenta en los valores de la comunidad, el control social directo y la transparencia, las formas organizativas propias de las poblaciones locales y la identidad cultural y territorial.
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