Decreto Supremo Nº 29596
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que conforme al Parágrafo III del Artículo 147 de la Constitución Política del estado se aprobó el Presupuesto General de la Nación 2008, el cual señala en su Artículo 12 que el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda, esta autorizado a inscribir y/o incrementar el gasto en las partidas 25200 "Estudio e Investigaciones", 25800 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión" y 46200 "Estudios y Proyectos para Inversión", cuyo financiamiento provenga de recursos de donación externa, según lo establecido en los convenios respectivos; para las demás fuentes de financiamiento deberá aprobarse un Decreto Supremo, específico que autorice la inscripción de los recursos adicionales.
Que la
Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, establece las atribuciones y responsabilidades del Ministerio de Justicia, siendo una de estas, la de formular y ejecutar políticas de lucha contra la corrupción, e implementar programas y proyectos para el acceso a la justicia y a la información pública.
Que el
Decreto Supremo Nº 29272 de 12 de septiembre de 2007, aprueba el Plan General de Desarrollo Económico y Social de la República: "Plan Nacional de Desarrollo: Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien - Lineamientos Estratégicos", e implementa políticas de lucha contra la corrupción y de acciones preventivas para lograr ...
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