Decreto Supremo Nº 29465
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 19 de la
Ley Nº 1405 de 30 de diciembre de 1992, Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación, señala que el Alto Mando Militar es el máximo organismo de decisión de las Fuerzas Armadas de la Nación, y entre sus miembros constituidos se encuentra el Jefe de Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas de la Nación.
Que el Artículo 20 de la
Ley Nº 1405, establece las atribuciones y responsabilidades fundamentales del Alto Mando Militar las cuales son: Definir los principios básicos doctrinarios que rigen la vida Institucional de las Fuerzas Armadas de la Nación, analizar las situaciones conflictivas internas y externas para sugerir ante quien corresponda las soluciones apropiadas, fiscalizar el manejo de los recursos financieros y el patrimonio de las Fuerzas Armadas, determinar los objetivos de las Fuerzas Armadas a fin de alcanzar la Seguridad, la Defensa y el Desarrollo Nacional.
Que el Artículo 47 la
Ley Nº 1405, determina las principales atribuciones del Jefe de Estado Mayor General como principal coordinador y asesor del Comandante en Jefe, siendo estas: Dirigir, coordinar y supervisar el trabajo del Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas de la Nación, Impartiendo instrucciones y órdenes para el cumplimiento de las decisiones del Comandante en Jefe de las ...
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