DECRETO SUPREMO Nº 28248
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 130 del
Decreto Supremo Nº 23950 de 1 de febrero de 1995, aprueba el Reglamento sobre Organización Curricular y establece que el Subsistema Nacional de Medición de la Calidad de la Educación Pre - escolar, Primaria y Secundaria - SIMECAL es uno de los equipos técnicos del Consejo Nacional de Acreditación y Medición de la Calidad Educativa - CONAMED, al que hace referencia el Artículo 21 del Código de la Educación.
Que el SIMECAL tenía como objetivo primordial proporcionar información, en forma periódica, confiable y valida, acerca de los niveles alcanzados por los educandos en cuanto a la adquisición y desarrollo de las competencias, requisitos de promoción en las áreas curriculares prioritarias de cada uno de los ciclos de aprendizaje, para proveer insumos a los distintos niveles, ciclos y modalidades del Sistema Educativo y a sus diferentes actores para la toma de decisiones en materia de política educativa, también debería proveer al Sistema Educativo de información sobre los factores que inciden en los logros alcanzados por los educandos.
Que el SIMECAL debía preparar las pruebas de acreditación para maestros y directores de los diversos niveles del Sistema Educativo, así como, los criterios de calificación de las mismas; tales pruebas podían ser administradas por el SIMECAL por encargo del CONAMED. ...
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