DECRETO SUPREMO Nº 28155
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 2426 de 21 de noviembre de 2002, creó el Seguro Universal Materno Infantil - SUMI, destinado a otorgar prestaciones de salud con carácter universal, integral y gratuito, a las mujeres embarazadas hasta los seis meses después del parto y a los niños y niñas menores de cinco años.
QUE EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 2 NUMERAL I DE LA REFERIDA LEY, EL MINISTERIO DE SALUD Y DEPORTES, TIENE LA RESPONSABILIDAD DE REGULAR LA APLICACIÓN DEL SEGURO UNIVERSAL MATERNO INFANTIL EN TODOS LOS NIVELES.-
QUE EL ARTÍCULO 4 DE LA MISMA LEY ESTABLECE QUE LOS REMANENTES DE LOS RECURSOS DE COPARTICIPACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL DESTINADOS AL SUMI DEBERÁN DESTINARLOS A PROGRAMAS ESPECIALES DE SEGUROS DE SALUD, QUE GARANTICEN LA INCLUSIÓN SOCIAL.-
Que las altas tasas de mortalidad materna debidas a complicaciones del embarazo, parto y post parto, pueden reducirse con intervenciones oportunas de los servicios de salud, durante el período gestacional.
Que es necesario generar mecanismos que permitan el acceso oportuno de las mujeres embarazadas a una atención integral y de calidad, con respeto a su identidad cultural.
QUE EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 14 DE LA
LEY Nº 2426, LEY DEL ...
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