Decreto Supremo Nº 26743
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante
Decreto Supremo Nº 26391 de 8 de noviembre de 2001, el Poder ejecutivo ha creado el Sistema Boliviano de Productividad y Competitividad - SBPC, con el objetivo de generar e implementar políticas tendientes a mejorar la productividad y competitividad del país y desarrollar el sector productivo boliviano utilizando una visión global y sistémica.
Que el SBPC a través de su Secretaría Técnica, la Unidad de Productividad y Competitividad - UPC, en coordinación con las entidades que han estado trabajando en el desarrollo del sector productivo nacional, ha definido una metodología de trabajo que incorpora esta visión global y sistémica, en el marco de las normas establecidas por el Sistema Nacional de Planificación - SISPLAN, sistema de Inversión Pública - SNIP, Sistema de Programación de Operaciones - SPO y Sistema de Presupuesto - SP.
Que mediante Resolución Multiministerial Nº 01 de 21 de enero de 2002, suscrita entre los Ministerios de Desarrollo Económico, de Comercio Exterior e Inversión y de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, se acordó desarrollar un trabajo coordinado, a objeto de que el SBPC contribuya a mejorar la calidad de vida de los bolivianos, convirtiendo a Bolivia en un país productivo y competitivo. En tal circunstancia, se desarrollará el trabajo en las siguientes áreas: Matriz de Competitividad Nacional, Cadenas Productivas, Simplificación de Trámites, Calidad ...
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