Decreto Supremo Nº 25738
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 32 de la Ley General de Aduanas 1990 de 28 de julio de 1999 faculta a la Aduana Nacional, otorgar en concesión a empresas o sociedades privadas algunas actividades y servicios, de conformidad con el artículo 134 de la Constitución Política del Estado, siempre que no vulnere su función fiscalizadora;
Que el artículo 146 de la Ley General de Aduanas establece que los servicios de inspección, previa a la expedición, se realizarán bajo contrato con la Aduana Nacional, conforme a las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios;
Que los Ministros de Hacienda y Comercio Exterior e Inversión, han aprobado por resolución biministerial 006/99 de 19 de marzo de 1999, el "Instructivo para el procedimiento de exportación de mercancías" aplicable a partir del 1 de abril de 1999, suspendiendo la prestación del servicio de verificación de exportaciones por parte de las empresas verificadoras del comercio exterior, modificándose en consecuencia el objeto de su contrato principal;
Que se ha transferido a la Aduana Nacional, mediante
Decreto Supremo Nº 25670 de 11 de febrero de 2000, la representación del Estado Boliviano ejercida por el Ministerio de Hacienda, en todos los contratos suscritos con las empresas S. G. S. Société Générale de Surveillance e Inspectorate Griffith, para la verificación del comercio exterior de ...
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