Decreto Supremo Nº 25346
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 1689 de Hidrocarburos, promulgada el 30 de abril de 1996, prevé su reglamentación por el Poder Ejecutivo;
Que el artículo 13 del Reglamento de Licitación de Areas para Exploración y/o Explotación, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 25049 de 22 de mayo de 1998, dispone que si durante el período de nominación de áreas se presentaran solicitudes de áreas con traslape de parcelas, el Viceministro de Energía e Hidrocarburos dará prioridad a la nominación de las áreas primero solicitadas, ocasionando con esto, la postergación de las actividades de exploración y explotación de áreas más grandes que se presentasen y como resultado la reducción de las inversiones en el sector petrolero, con la consecuente percepción de menores ingresos por el pago de patentes;
Que es necesario establecer procedimientos expeditos y competitivos en los procesos de licitación, generando desde la etapa de nominación de áreas, mayor consolidación y claridad.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Modifícase el artículo 13 del Reglamento de Licitación de Areas para Exploración y/o Explotación, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 25049 de 22 de mayo de 1998, en la siguiente forma:
"Articulo 13.- Si durante el período de nominación de áreas se presentaran solicitudes de ...
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