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DECRETO SUPREMO No 25273 del 08 Enero 1999 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: El Comité de Padres de Familia de la Unidad Educativa es el organismo de representación de los padres de familia de cada uno de los cursos de la unidad educativa, sea ésta pública o privada.


Decreto Supremo Nº 25273

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Organización y Funciones de las Juntas Escolares, de Núcleo y Distrito

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 1565 de Reforma Educativa, de fecha 7 de julio de 1994, en su TÍTULO II,
CAPÍTULO III, establece los objetivos y políticas de la estructura de Participación Popular en Educación.

Que los procedimientos y mecanismos de organización que la mayoría de las Juntas Educativas han utilizado para su conformación no se han sujetado a la Ley Nº 1565 de Reforma Educativa ni al Decreto Supremo Nº 23949.

Que es necesario complementar la reglamentación referida a la organización y funcionamiento de las Juntas Educativas y apoyar el desarrollo de acciones dirigidas a facilitar la articulación de los padres de familia con el sistema educativo.

Que la Ley Nº 1551 de Participación Popular de 20 de abril de 1994 reconoce promueve y consolida el proceso de participación popular articulando las comunidades indígenas, campesinas y urbanas en la vida jurídica y económica del país.

EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA:


CAPÍTULO I
Del Comité de Padres de Familia de la Unidad Educativa
ARTÍCULO 1. El Comité de Padres de Familia de la Unidad Educativa es el organismo de representación de los ...

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